Criptomonedas e impuestos en España: cuánto pagas en IRPF y qué declarar a Hacienda

Comprar criptomonedas con euros no genera impuestos en España. El IRPF aparece al vender, al cambiar una cripto por otra o al cobrar recompensas de staking, y lo que pagas lo deciden cuatro criterios en este orden: qué operación hiciste, el coste de adquisición calculado con FIFO, el tramo de la base del ahorro y el saldo a 31 de diciembre. Las cifras corresponden al ejercicio 2025, declarado en la campaña de renta de 2026, según los manuales prácticos de la Agencia Tributaria.
¿Qué operaciones con criptomonedas pagan impuestos en España?
Para una persona física que invierte fuera de una actividad económica, las operaciones habituales que tributan son tres: la venta por euros, la permuta de una moneda virtual por otra y el cobro de recompensas de staking. Pagar un bien o un servicio con cripto cuenta como transmisión, igual que una venta. Las dos primeras generan ganancias o pérdidas patrimoniales y la tercera, rendimientos del capital mobiliario, todas en la base del ahorro del IRPF.
El Manual práctico de Renta 2025 encuadra la venta como ganancia patrimonial de la renta del ahorro, con base en los artículos 46.b) y 49 de la Ley 35/2006 del IRPF. La ganancia se imputa el día que entregas las monedas, aunque cobres después.
Cambiar una cripto por otra también tributa en el IRPF
Pasar de bitcoin a ether es una permuta entre monedas virtuales. La Dirección General de Tributos la analizó en la consulta vinculante V0999-18, a partir del caso de un inversor que había encadenado cambios entre bitcoin, NXT, ether y XRP en plataformas extranjeras.
La regla sale del artículo 37.1.h) de la ley. La ganancia es la diferencia entre el valor de adquisición de la moneda que entregas y el mayor de dos valores de mercado: el de lo que entregas o el de lo que recibes. Ese importe pasa a ser el coste de la moneda nueva para su venta futura.
Recompensas de staking como rendimiento del capital mobiliario
En la consulta V1766-22, de julio de 2022, la Dirección General de Tributos calificó las recompensas por validar bloques, la mecánica que se explica en la guía de cómo funciona el staking, como rendimientos del capital mobiliario en especie. Se valoran por su precio de mercado en euros el día en que las recibes. Ese valor queda como coste de adquisición cuando más tarde vendes o permutas esas monedas.
¿Cómo se calcula la ganancia de tus criptomonedas con FIFO?
La ganancia es la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición, los dos en euros, con las comisiones de compra y venta dentro del cálculo según el artículo 35 de la ley. Cuando tienes varias compras de la misma moneda, la Agencia Tributaria aplica FIFO: salen primero las unidades compradas primero.
FIFO no se elige. Quien compra cada mes con una estrategia DCA acumula lotes de una moneda a precios distintos, y cada venta parcial los consume por orden de antigüedad. Sin fecha, importe en euros y comisión de cada compra, el cálculo no se sostiene ante una comprobación de Hacienda.
Ejemplo con dos compras de bitcoin
Supón que compraste 0,5 BTC por 20.000 € en 2023 y otros 0,5 BTC por 40.000 € en 2024. En 2025 vendes 0,5 BTC por 45.000 €. Por FIFO salen las unidades de 2023 y la ganancia es de 25.000 €.
Con la escala de 2025, los primeros 6.000 € tributan al 19% (1.140 €) y los 19.000 € restantes al 21% (3.990 €). La cuota del ejemplo suma 5.130 €, sin comisiones, sin el ajuste por mínimo personal y familiar y sin otras rentas del ahorro.
Pero el criterio de salida cambia la factura. Con los lotes de 2024 primero, la ganancia bajaría a 5.000 €, y con un precio medio de compra de 30.000 € quedaría en 15.000 €; ninguno de esos dos cálculos sigue el criterio de la AEAT.
¿Cuánto se paga de impuestos por criptomonedas en España?
En el ejercicio 2025, la ganancia paga entre el 19% y el 30% por tramos: 19% hasta 6.000 €, 21% hasta 50.000 €, 23% hasta 200.000 €, 27% hasta 300.000 € y 30% por encima. Cada tramo grava solo su porción de la ganancia, y el tipo total suma la escala estatal y la autonómica.
Las dos escalas salen de los artículos 66 y 76 de la Ley del IRPF y en 2025 tienen tramos y porcentajes idénticos. A la cuota resultante se le resta lo que da aplicar esa escala a la parte del mínimo personal y familiar que corresponde a la base del ahorro.
| Base liquidable del ahorro (2025) | Escala estatal | Escala autonómica | Tipo total |
|---|---|---|---|
| Hasta 6.000 € | 9,5% | 9,5% | 19% |
| De 6.000 a 50.000 € | 10,5% | 10,5% | 21% |
| De 50.000 a 200.000 € | 11,5% | 11,5% | 23% |
| De 200.000 a 300.000 € | 13,5% | 13,5% | 27% |
| Más de 300.000 € | 15% | 15% | 30% |
Cómo se compensan las pérdidas con criptomonedas en España
Vender por debajo del coste genera una pérdida patrimonial, que se compensa primero con ganancias patrimoniales del mismo año. El saldo negativo que queda se resta del saldo positivo de rendimientos del capital mobiliario, como intereses o dividendos, hasta un 25% de ese saldo. Lo que no entra se arrastra durante los cuatro años siguientes y después se pierde.
¿Desde qué saldo hay que informar de criptomonedas a Hacienda?
El modelo 721 obliga a informar cuando las monedas virtuales situadas en el extranjero superan en conjunto 50.000 € a 31 de diciembre, valoradas en euros. Por debajo de esa cifra no se presenta. El Impuesto sobre el Patrimonio usa otra referencia, con un mínimo exento general de 700.000 €.
Aprobado por la Orden HFP/886/2023, el 721 informa saldos y no liquida cuota. Superado el umbral se declaran todas las monedas, incluidas las que dejaste de tener antes del 31 de diciembre, y el plazo va del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente, según las preguntas frecuentes del modelo 721.
Una vez presentado, vuelve a ser obligatorio solo cuando el saldo conjunto sube más de 20.000 € respecto del que motivó la última declaración. El primer ejercicio informado fue 2023, con presentación en 2024.
Queda un borde abierto. Qué cuenta como moneda «situada en el extranjero» lo fija el Reglamento, y antes de excluir una wallet de autocustodia del 721 conviene leer esa definición con un asesor.
Cómo se valoran las criptomonedas en el Impuesto sobre el Patrimonio
Según el Manual práctico de Patrimonio 2025, las criptomonedas se valoran con la cotización a las 23:59 del 31 de diciembre en las principales plataformas de negociación o sitios de seguimiento de precios. Sin cotización, se usa una estimación razonable del valor de mercado.
El mínimo exento de 700.000 € es el general, y cada comunidad autónoma puede fijar otro. Hay que declarar con bienes y derechos de más de 2.000.000 € aunque no salga cuota, y la declaración de 2025 se presentó entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026.
Qué datos de tus criptomonedas en España ya recibe Hacienda
Desde el ejercicio 2023, las entidades obligadas presentan el modelo 172, sobre saldos en monedas virtuales, y el 173, sobre operaciones, los dos aprobados por la Orden HFP/887/2023. Se presentan durante el mes de enero del año siguiente.
La Directiva (UE) 2023/2226, conocida como DAC8, extiende a los criptoactivos el intercambio automático de información fiscal entre países de la Unión. El Consejo de Ministros aprobó el 3 de junio de 2025 el proyecto de ley para trasponerla y lo envió a las Cortes, según el Ministerio de Hacienda.
Errores comunes al declarar impuestos de criptomonedas en España
El error con más arrastre es ignorar las permutas: cada cambio de bitcoin a ether u otra moneda genera una ganancia o pérdida y fija un coste nuevo. Omitir uno solo descuadra todas las ventas posteriores de esa moneda.
- Calcular con precio medio de compra. En el ejemplo de los dos lotes de bitcoin, la ganancia declarada baja de 25.000 € a 15.000 €, y esos 10.000 € de diferencia quedan fuera de la base.
- Tomar un 28% como tipo máximo, cifra que todavía muestran algunas guías fiscales de plataformas. La escala de 2025 de la AEAT llega al 30% desde 300.000 €.
- Leer el umbral de 50.000 € del 721 como un límite por moneda.
- No anotar el valor de cada recompensa de staking. Sin ese coste, la venta posterior tributa sobre una ganancia inflada (y la recompensa ya había pasado por el IRPF una vez).
¿Qué conviene revisar primero según tu perfil?
Para quien compra y mantiene, el criterio decisivo es conservar el coste de cada lote: sin venta ni permuta no hay cuota. Quien encadena permutas necesita el cálculo FIFO de cada cambio, y quien supera 50.000 € fuera de España tiene el 31 de marzo como fecha límite del 721.
Con decenas de permutas, un software de cartera que exporte el FIFO por lote ahorra horas, siempre que revises las cifras antes de pasarlas al modelo 100. En staking, lo que decide la cuota es el valor en euros de cada recompensa el día de cobro.
La base del ahorro no aplica a los sueldos ni a los servicios facturados en criptomonedas: esas rentas van a la base general, con otra escala. Los residentes en México tributan con reglas propias, detalladas en la guía para declarar criptomonedas ante el SAT. Minería, airdrops, NFT y préstamos DeFi tienen tratamientos propios que conviene revisar con un asesor.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar a Hacienda si cambio bitcoins a euros?
Sí, cuando el precio de venta supera el coste de adquisición de las unidades que salen por FIFO. La ganancia entra en la renta del año en que vendes y se declara en la campaña del año siguiente: una venta de 2025 se declaró en 2026. Vender con pérdida deja esa operación sin cuota, y la pérdida compensa ganancias del mismo año o de los cuatro siguientes.
Pasar después los euros del exchange a tu cuenta bancaria no genera un segundo impuesto: la renta nace con la venta. ¿Y si vendes solo una parte? Tributa la ganancia de esas unidades, calculada con el coste de los lotes más antiguos.
¿Cuántas criptomonedas puedo tener sin declarar en España?
El límite se mide en euros, con independencia del número de monedas. Mantener sin vender no entra en la renta, el modelo 721 exige informar desde 50.000 € de saldo conjunto en el extranjero a 31 de diciembre y Patrimonio obliga a declarar con bienes y derechos de más de 2.000.000 € o cuando sale cuota. Una cartera de 30.000 € en plataformas extranjeras, sin ventas, permutas ni recompensas de staking en el año, no deja nada que declarar por cripto en ninguno de esos tres frentes.
¿Cuándo se tienen que declarar las criptomonedas en España?
En dos plazos del año siguiente al ejercicio. El modelo 721 va del 1 de enero al 31 de marzo; los modelos 172 y 173 no te tocan, porque los presentan en enero las plataformas obligadas. Las ventas y permutas entran en la campaña de renta, y el Patrimonio del ejercicio 2025 se presentó entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026.

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